CONVENIO DE IMPLANTACIÓN

Relación de proyectos a diseñar e implantar, establecidos  en el ANÁLISIS y detallados en el plan de actuación, cuyo desarrollo, consensuado y personalizado, alinearán los objetivos y motivaciones de la empresa y el empresario.  

Se marcarán, si así fuera necesario, unos ratios indicativos de la evolución de los aspectos a desarrollar e implantar. Los puntos más destacables son:


  • La total colaboración de todos los actores implicados, propiedad, dirección, mandos intermedios, etc.
  • Definir un PLAN DE ACTUACIÓN inicial, de mutuo acuerdo y sujeto a posibles modificaciones a lo largo del desarrollo de los diferentes proyectos.
  • Confidencialidad de toda la información intercambiada entre ambos.
  • Implantación de las acciones a desarrollar.
  • Informes de seguimiento.